martes, 13 de diciembre de 2016

Decreto de feriados por descanso.

NOTICIA: La Presidencia de la República expidió ayer, 28 de diciembre de 2015, el Decreto 858 que establece el calendario de feriados nacionales obligatorios, recuperables, traslados y puentes para el sector público, con vigencia hasta el 2020. El documento establece que a pesar que la normativa aplica obligatoriamente para los funcionarios del Estado, el sector privado puede acogerse a las jornadas de descanso establecidas en este. Los días de feriados para el 2017, 2018, 2019, y 2020 son:
RESUMEN: La Presidencia de la República estableció el calendario de feriados nacionales obligatorios, recuperables, traslados y puentes para el sector público, con vigencia hasta el 2020. La normativa establece que 11 días de asueto en todo el país y uno más en cada provincia o cantón. En total 12 días de feriado al año.
COMENTARIO: Me parece una noticia interesante porque con 84 votos afirmativos, 2 negativos y 25 abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó la Ley del Servicio Público y al Código de Trabajo, que regula los días de descanso obligatorio.
WEBGRAFIA: Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección: http://www.elcomercio.com/actualidad/ecuador-decreto-feriados-descanso-2016.html.

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